Servicio Especializado de Vigilancia No Uniformada, Siempre en Cumplimiento de la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada.
Funciones Autorizadas:
Según el artículo 48.1.b de la mencionada ley, los detectives privados tienen la atribución de llevar a cabo «la obtención de información tendente a garantizar el normal desarrollo de las actividades que tengan lugar en ferias, hoteles, exposiciones, espectáculos, certámenes, convenciones, grandes superficies comerciales, locales públicos de gran concurrencia o ámbitos análogos.»
Legitimidad y Legalidad:
Este servicio de vigilancia no uniformada es fundamental para asegurar el normal desarrollo de eventos y actividades, donde la uniformidad de un vigilante de seguridad podría no ser la figura más adecuada. Es importante destacar que la vigilancia no uniformada por detectives privados es legal y está respaldada por la legislación española. Cualquier intento de realizar esta función sin autorización legal constituye un delito de intrusismo profesional.
Garantía de Seguridad y Prevención:
Los detectives privados realizan la vigilancia no uniformada con el objetivo de prevenir actos delictivos, verificar la identidad de los asistentes, evitar la entrada no autorizada, y tomar acciones preventivas para mantener un entorno seguro. En caso de detectar delitos o infracciones, colaboramos activamente con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, proporcionando información valiosa y pruebas pertinentes.
Apoyo en Verificación y Prevención:
Dentro del ámbito de la vigilancia no uniformada, los detectives ofrecen asistencia en la verificación del personal, seguimiento de actividades en el lugar, identificación de comportamientos sospechosos (hurtos, sabotajes, daños), colaboración con empresas de seguridad privada contratadas, entre otros.
Servicio Profesional, Ético y Legal de Vigilancia No Uniformada para Garantizar la Seguridad de Su Evento o Actividad. Contacte para obtener más información o para discutir sus necesidades específicas de seguridad.